Sección de
Lectura e Investigación Temática

Articulo:
El Auditor es un investigador, es un analista, un técnico o
profesional especializado en un área determinada y por su
carácter de experto puede establecer las causas, los
efectos las consecuencias, incluso los móviles que ha tenido
un hecho especifico, es obligación de un Auditor generar un
informe de su gestión y si en su investigación descubre un
delito o sospecha de que se esta cometiendo un hecho doloso,
debe informarlo por escrito a quien lo haya contratado y
hacer un seguimiento para que se tomen las medidas legales
correspondientes y si ese “hecho” o delito es en detrimento
de “otros” como clientes o entidades debe reportarlo a las
autoridades so pena de convertirse en un encubridor o
cómplice de un delito criminal por omisión o negligencia.
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Articulo:
El delito financiero es el mas extendido del mundo
globalizado, a través de diversos métodos, y complejos
sistemas de triangulación y transferencias de fondos, se
“lavan” “blanquean” o se “legitiman” miles de millones de
dólares, euros, yenes, libras de esterlinas, pesos,
lempiras, balboas, quetzales, dólares canadienses, dólares
australianos. Prácticamente todas las monedas del mundo. No
existe ni un solo país o territorio que este limpio de este
flagelo. Los contadores y los auditores, son precisamente
los ejecutivos financieros que mejor están preparados para
el combate al crimen financiero, su preparación integral de
disciplinas contables y numéricas, los hace de por si, en
profesionales con una gran capacidad de entendimiento de los
movimientos de valores, registros de cifras y figuras que
para otros profesionales, serian ininteligibles y difíciles
de interpretar en su contexto.
“…Están supuestos los
contadores y auditores a detectar y tipificar los delitos
financieros?...”
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Articulo: ¿Ha pensado usted como
ejecutivo o profesional en el área financiera que podría ser
un auxiliar de la justicia, con sus conocimientos y
formación y su propia experiencia?
¿Cree que
este ambiente judicial, solo le pertenece a los jueces,
magistrados, abogados defensores, fiscales, criminólogos,
investigadores judiciales, técnicos de investigación en
escena de crímenes, tal como aparecen en las famosas y
populares series de televisión?
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¿Considera usted, que todos
los que intervienen en el sistema de justicia y aplicación
de la ley, son “Expertos Financieros” o expertos en
“Perfiles Criminales” y pueden entender y analizar cada uno
de los “cargos” o “imputaciones” a los acusados y explicar
científicamente y técnicamente ante un Juez o Jurado, todo
lo concerniente a la parte técnica, de cómo funciona el
sistema financiero, el sistema bancario, la contabilidad, la
auditoria, las inversiones de bolsa, el sistema empresarial,
las diferentes jerarquías del gobierno corporativo etc,
además de cómo es el actuar o modalidad de cada uno de los
perpetradores o criminales financieros?
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aguí |
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Articulo: Me
voy a referir en este artículo solamente a unos pocos de los
delitos mas frecuentes a través de las computadoras y
conocidos también como “Cyber-crimes” o delitos
ciberneticos o electronicos. Fraude, Robo de
Identidad, Secuestro Express y Lavado, de dinero,
legitimación y blanqueo de capitales. La lista seria
interminable e incluso infinita pues cada día se conocen
nuevas modalidades y delitos hasta de “terrorismo
cibernético” “pánico financiero en las redes”,
“robo de información vital”, “comercio de pornografía
infantil”, “prostitución virtual” “chantajes y extorsiones”,
y hasta “matoneo u hostigamiento” o también conocido como
“bullying electrónico”.
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Se han dado casos de chicas
que publican su fotos en las redes con traje de baño y estos
pillos con un programa especial las modifican para que
aparezca totalmente desnuda y luego la contactan y le envían
estas fotos modificadas a su victima para obligarla a pagar
para no publicarlas en las redes y enviárselas a sus
conocidos o a sus padres, muchas chicas ingenuas hasta
acceden a tener relaciones sexuales bajo intimidación, y
algunos casos que hasta con extraños, por físico miedo de
ser expuestas en su intimidad…
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Articulo: Cumplimiento”.
en mis continuos viajes por los diferentes países, dictando
conferencias cursos y seminarios de actualización, me
encuentro casi siempre con la misma pregunta, ¿porque
estamos obligados a nombrar un oficial de cumplimiento?, es
más, ni siquiera se le da la relevancia al cargo ni la
jerarquía que requiere de acuerdo con las leyes y
recomendaciones internacionales. He conocido de casos que un
oficial de cumplimiento está subordinado al jefe del
departamento de control interno, en otros casos, al comité
de auditoria, y en múltiples casos, el oficial de
cumplimiento cumple funciones diversas además de sus propias
funciones como responsable de prevenir o detectar las
transacciones inusuales o sospechosas de lavado de dinero. Leer articulo completo: Click
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Articulo: La
Ley Patriota, emitida poco después de los atentadas de las
torres gemelas de Nueva York, y como una ampliación de la
Resolución 1373 de las Naciones Unidas, que condena el
financiamiento del terrorismo con dineros producto de
actividades ilegales, declarando el lavado de dinero y
activos como delito “transnacional”. Esta ley fue proclamada
por el Congreso de los Estados en forma unánime, bajo los
sentimientos del dolor por las más de 3 mil victimas, y por
la impotencia de no haber podido hacer nada para evitarlo. ¿Que nos espera hacia
el futuro? En este articulo encontrará algunas perspectivas
de lo que será la nueva era, con la amenaza del terrorismo y
las nuevas estrategias de los grupos fundamentalistas y
“cerebros” del crimen internacional organizado, para lograr
sus objetivos. Danilo Lugo / United States InterAmerican
Affairs
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Articulo:
Introducción: La responsabilidad del profesional o el
ejecutivo moderno en el ejercicio de sus funciones se ha
incrementado dramáticamente en los últimos tiempos, y no me
refiero simplemente a la “responsabilidad” como persona que
cumple con una función para la que le ha sido asignado un
cargo y por la cual se ha preparado. Me refiero a la
“responsabilidad legal” o “responsabilidad penal”, estas
responsabilidades podría calificarlas como de “riesgo” en el
nuevo milenio y últimamente como de “altísimo riesgo”,
debido a las nuevas leyes, normas, regulaciones y estándares
internacionales de cumplimiento obligado, en un mundo
globalizado a nivel comercial, en que las fronteras
prácticamente se han derrumbado con la firma de tratados
comerciales por bloques geopolíticos, en la continua
búsqueda de nuevos mercados para productos y servicios.
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Articulo:
El primer frente de combate al delito financiero, esta
en los profesionales que han sido denominados “Sujetos
Obligados” o bajo la categoría de SDBNFP’s (Specially
designated non financial Business & Professions) hay una
larga lista entre los cuales se encuentran en primer orden,
los Auditores, Contadores y Abogados, Notarios y luego
siguen los asesores financieros, consultores y todos los
“Ejecutivos Clave” que tienen responsabilidad legal.
Muchos de estos profesionales ni se dan por enterados, ni
siquiera se imaginan el riesgo que están asumiendo cuando
están en sus funciones, incluso el tema es “tabú” para las
asociaciones, gremios, colegios o institutos que regulan
estas profesiones declarados como “sujetos obligados”
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Articulo:
Dos temas de
máxima actualidad mundial que van acorde con las nuevas
leyes, regulaciones y normas internacionales de cumplimiento
obligado. U.S. InterAmerican Affairs presenta una
perspectiva de estos temas con un concepto diferente a los
“Sujetos Obligados” como se denomina a los entes jurídicos y
personas naturales a cumplir con programas de prevención
antilavado, me refiero a las entidades bancarias y
financieras, y mas de 32 rubros de comercio e industria
mundial según la convención de Naciones Unidas contra el
terrorismo y el crimen organizado.
Cada vez, se cierra mas el circulo sobre los “paraísos
fiscales” o “países y territorios no cooperantes” con el
cumplimiento de las leyes sobre la prevención de lavado de
dinero y legitimación de capitales, y que de hecho se
convierten en depositarios de capitales “Non Sanctus” o
provenientes del crimen internacional organizado, pero
también de capitales de empresas multinacionales y
multimillonarios de todo el mundo para evadir controles e
impuestos en sus países
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